Resposabilidad Social Empresarial
A partir del 14 de junio, autónomos y pymes pueden solicitar los préstamos ICOdirecto, dirigidos a facilitar financiación para inversiones empresariales o circulante. La principal novedad de esta medida es que el ICO recibe directamente las solicitudes, realiza el análisis de la operación, determina las garantías a aportar y decide sobre la concesión del préstamo, asumiendo el 100% del riesgo.
Se han identificado tres tipos de empresas que pueden acogerse a la línea ICOdirecto:
• Las que han solicitado un préstamo previamente, pero ha sido rechazado.
• Las que han obtenido préstamos por las entidades financieras, pero en cuantías menores de las solicitadas. En este caso podrán solicitar la financiación complementaria a través de ICOdirecto.
• Las empresas o autónomos que tienen actualmente cubiertas sus necesidades de financiación, pero con expectativas de seguir incrementando su actividad.
La Línea ICOdirecto está dirigida a pymes y autónomos con más de un año de antigüedad que necesiten financiación de hasta 200.000 euros para nuevas inversiones o liquidez. Los plazos de amortización de los préstamos son de siete años con dos de carencia para los préstamos destinados a la inversión y de tres años, con uno de carencia para los de liquidez.
El tipo de interés es único para las dos modalidades y es Euribor a seis meses + 3,50%. Los préstamos tienen una comisión de apertura de 0,50%.
Más información: www.ico.es/web/contenidos/home/home.html
www.mtin.es
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